sábado, 19 de septiembre de 2015

Conocé los derechos de las personas con discapacidad

En el año 2006 se redactó el texto de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad. Lo ratificaron 157 países. En Argentina es Ley 26.378 desde 2008.
Todas las personas con discapacidad tienen derecho a: 

  • Vivir de forma independiente y a ser incluidos en la comunidad. Tienen derecho a elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir, en igualdad de condiciones con las demás, y no se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico. 
  • A la libertad de expresión y opinión, incluida, la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas, en igualdad de condiciones con las demás personas.
  • En edad de contraer matrimonio, derecho a casarse y fundar una familia sobre la base del consentimiento libre y pleno de los futuros cónyuges.
  • La Educación en todos los niveles de enseñanza y a lo largo de la vida y a que se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales.
  • Al acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás, con los ajustes razonables que necesiten.
  • Participar de manera efectiva en una sociedad libre.
  • Gozar del más alto nivel posible de salud, sin discriminación por motivos de discapacidad.
  • Trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad.
  • Participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas.
  • Participar en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte.
  • Al acceso, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.
Además, los niños y niñas con discapacidad tienen derecho a:
  • Gozar plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas.
  • Los mismos derechos que los demás con respecto a la vida en familia.  
  • Igual acceso que los demás a la participación en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que se realicen dentro del sistema escolar. 
Las mujeres y niñas con discapacidad tienen derecho a:
  • Disfrutar plenamente, y en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.  


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